Cómo solicitar la autorización de residencia por arraigo social — Guía paso a paso
Solicita la autorización de residencia por arraigo social en España. Requisitos, documentación, informes de inserción social y cómo presentarla paso a paso.
Respuesta rápida
¿Cómo solicitar la autorización de residencia por arraigo social?
Puedes solicitar la autorización de residencia por arraigo social en la Oficina de Extranjería de tu provincia online con certificado digital o presencialmente. Debes acreditar 3 años de permanencia continuada en España, contar con un contrato de trabajo y presentar un informe de inserción social. La tasa es de 15-25 € y el plazo de resolución es de 3 a 6 meses.
Información verificada
Información revisada y verificada el 23 de julio de 2026.
Información actualizada sobre el procedimiento para solicitar la autorización de residencia por arraigo social en España, incluyendo los requisitos, documentación y plazos vigentes para 2026.
¿Qué es la autorización de residencia por arraigo social?
La autorización de residencia por arraigo social es un permiso de residencia temporal para extranjeros que se encuentran en situación irregular en España pero pueden acreditar su permanencia continuada durante al menos 3 años, contar con un contrato de trabajo o medios económicos, y tener vínculos familiares o sociales que justifiquen su integración.
El arraigo social es una de las vías más utilizadas para regularizar la situación de extranjeros en España. Está regulado por la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011, y permite obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
El procedimiento requiere acreditar la permanencia continuada en España durante al menos 3 años mediante el padrón municipal histórico, informes de centros sanitarios, escolares o de servicios sociales. Además, es necesario contar con un contrato de trabajo de al menos un año de duración y un informe de inserción social emitido por el ayuntamiento o la comunidad autónoma.
Diferencias con otros arraigos
- Arraigo social: 3 años de permanencia + contrato de trabajo + informe de inserción social.
- Arraigo laboral: 2 años de permanencia + relación laboral previa demostrable.
- Arraigo familiar: 2 años de permanencia + vínculos familiares directos con residentes legales.
Requisitos
Requisitos para el arraigo social
Acreditar permanencia continuada en España durante al menos 3 años de forma ininterrumpida.
Contar con un contrato de trabajo de al menos un año de duración firmado por el empleador.
Presentar un informe de inserción social emitido por el ayuntamiento o comunidad autónoma que acredite tu integración.
Carecer de antecedentes penales en España y en tu país de origen.
Haber abonado la tasa de extranjería correspondiente (modelo 790-052).
Documentación necesaria
Documentación necesaria
Pasaporte completo en vigor del país de origen.
Certificado de empadronamiento histórico que acredite al menos 3 años de permanencia.
Informe de inserción social del ayuntamiento o comunidad autónoma.
Contrato de trabajo de al menos un año de duración.
Certificado de antecedentes penales del país de origen (legalizado y traducido).
Justificante de pago de la tasa de extranjería (modelo 790-052).
Certificado de antecedentes penales de España (si aplica).
Paso 1 — Reúne la documentación de permanencia
- Solicita el certificado de empadronamiento histórico en tu ayuntamiento. Debe acreditar 3 años continuados de empadronamiento.
- Recopila otros documentos que acrediten tu permanencia: informes médicos, escolares, de servicios sociales, contratos de alquiler, etc.
- Asegúrate de que el pasaporte está en vigor y tiene páginas libres.
Paso 2 — Obtén el informe de inserción social
- Solicita cita en los servicios sociales de tu ayuntamiento o en la comunidad autónoma.
- El trabajador social evaluará tu nivel de integración: conocimiento del idioma, participación en actividades sociales, vínculos familiares, situación laboral.
- El informe de inserción social es un documento clave. Sin él, no puedes solicitar el arraigo social.
Paso 3 — Consigue un contrato de trabajo
- Busca un empleador que esté dispuesto a firmar un contrato de trabajo de al menos un año.
- El contrato debe garantizar un salario no inferior al SMI o al convenio aplicable.
- El empleador debe estar al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Paso 4 — Presenta la solicitud
- Rellena el formulario de solicitud (modelo oficial de extranjería).
- Paga la tasa de extranjería (modelo 790-052, entre 15 y 25 €).
- Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de tu provincia o en la comisaría de policía, de forma telemática con certificado digital o presencialmente con cita previa.
- Adjunta toda la documentación requerida.
- Conserva el justificante de presentación con el número de expediente.
Paso 5 — Espera la resolución
- La Oficina de Extranjería tiene un plazo legal de 3 meses para resolver.
- Si no hay respuesta en 3 meses, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- Si es aprobada, recibirás la autorización de residencia por un año.
- Si es denegada, puedes presentar recurso de alzada ante la Delegación del Gobierno en el plazo de un mes.
Coste
Coste total
15-25 €
La tasa administrativa (modelo 790-052) es de aproximadamente 15-25 €, según el tipo de autorización. Además, si necesitas asesoría legal, los honorarios de un abogado de extranjería pueden oscilar entre 300 y 800 €. También debes considerar los costes de traducción jurada y legalización de documentos.
Plazos
- Resolución: 3 meses desde la presentación de la solicitud. Silencio administrativo negativo si no hay respuesta.
- Vigencia de la autorización: 1 año inicial, renovable por 2 años adicionales.
- Residencia de larga duración: tras 5 años de residencia temporal.
- Recurso: un mes para presentar recurso de alzada desde la notificación de denegación.
- Salidas de España: no pueden superar los 6 meses en un año para mantener la residencia.
Consejos útiles
- Empadrónate en cuanto llegues a España. El certificado de empadronamiento histórico es la prueba principal de tus 3 años de permanencia.
- Solicita el informe de inserción social con antelación. Puede tardar semanas en tramitarse.
- No prescindas de un abogado especializado. El procedimiento es complejo y un error en la documentación puede retrasar o denegar la solicitud.
- Mantén actualizado tu empadronamiento. Si cambias de domicilio, actualiza el padrón para que no se rompa la continuidad.
- Si te deniegan, recurre. El recurso de alzada es gratuito y puedes presentarlo sin abogado.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la autorización de residencia por arraigo social
Normativa aplicable
Ley Orgánica 4/2000
11 de enero de 2000
Consultar texto oficialSobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que regula las autorizaciones por circunstancias excepcionales como el arraigo social.
Real Decreto 557/2011
20 de abril de 2011
Consultar texto oficialPor el que se aprueba el Reglamento de Extranjería, que desarrolla los procedimientos y requisitos para la concesión del arraigo social.
Enlaces oficiales
Portal oficial del Ministerio con información sobre trámites de extranjería, incluyendo el arraigo social.
Abrir enlace oficial
Sede electrónica para realizar la solicitud online de autorizaciones de residencia y otros trámites de extranjería.
Abrir enlace oficial
Trámites relacionados
Trámites relacionados
Control de calidad
El arraigo social requiere acreditar 3 años de permanencia continuada en España mediante el padrón histórico.
Es necesario presentar un contrato de trabajo de al menos un año y un informe de inserción social.
La tasa de extranjería es de 15-25 € y el plazo de resolución es de 3 meses.
La autorización se concede por un año, renovable por dos años adicionales.
Se recomienda contar con asesoría legal especializada dada la complejidad del procedimiento.
Historial de cambios
23 de julio de 2026
Publicación inicial de la guía completa para solicitar la autorización de residencia por arraigo social. Se incluyen los requisitos vigentes, documentación necesaria y el paso a paso detallado para 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la autorización de residencia por arraigo social?
¿Cuánto tiempo debo llevar en España para solicitar arraigo social?
¿Necesito un contrato de trabajo para el arraigo social?
¿Qué documentos necesito para solicitar el arraigo social?
¿Cuánto se tarda en resolver el arraigo social?
¿Qué es el informe de inserción social?
¿Dónde se presenta la solicitud de arraigo social?
¿Cuánto cuesta la solicitud de arraigo social?
¿Qué vigencia tiene la autorización por arraigo social?
¿Puedo trabajar con la autorización de arraigo social?
¿Puede mi familia venir a España conmigo?
¿Qué ocurre si me deniegan el arraigo social?
¿Qué diferencia hay entre arraigo social, laboral y familiar?
¿Pierdo la residencia si salgo de España?
¿Necesito abogado para solicitar el arraigo social?
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