Modelo 303 (IVA trimestral) — Cómo rellenarlo y plazos 2026
Declara el IVA trimestral con el modelo 303: plazos de presentación, cómo calcular la cuota, autoliquidación online, quién debe presentarlo y qué ocurre si el resultado es negativo o a ingresar en 2026.
Respuesta rápida
¿Cómo presento el modelo 303 del IVA?
Entra en la sede de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, selecciona el modelo 303 del trimestre correspondiente y rellena el IVA devengado (ventas) y el IVA deducible (compras). La cuota a ingresar se paga por domiciliación o NRC. Plazos: 1-20 de abril, julio y octubre, y 1-30 de enero para el 4T.
Información verificada
Información revisada y verificada el 2 de agosto de 2026.
Información elaborada contrastando la Ley del IVA (Ley 37/1992) y el calendario oficial de la Agencia Tributaria para 2026.
¿Qué es el modelo 303?
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Autónomos y empresas lo presentan cada trimestre para declarar el IVA repercutido en sus ventas, deducir el IVA soportado en sus compras y liquidar la diferencia (a ingresar, a compensar o a devolver).
Es uno de los trámites fiscales más habituales para cualquier persona que desarrolla una actividad económica en España. Su correcta cumplimentación evita sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria.
Aunque el nombre puede sonar técnico, el funcionamiento es sencillo: sumas el IVA de tus facturas emitidas, restas el IVA de tus facturas recibidas y pagas o compensas la diferencia.
Requisitos y quién debe presentar el modelo 303
Obligados a presentar el modelo 303
Autónomos y empresas en régimen general del IVA, con carácter trimestral.
Autónomos en régimen simplificado (módulos) por sus operaciones sujetas a IVA.
Profesionales y sociedades que realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios.
Quienes estén acogidos al régimen de devolución mensual (REDEME) presentan el 303 mensualmente.
¿Puedo estar exento?
No presentan el modelo 303 quienes no realizan actividades sujetas a IVA ni los acogidos a regímenes especiales que no lo exigen (por ejemplo, el régimen especial del criterio de caja en algunas condiciones). Revisa tu censo antes de asumir que estás exento.
Documentación necesaria
Documentación para el modelo 303
Facturas emitidas del trimestre: el IVA devengado por tus ventas o servicios.
Facturas recibidas del trimestre: el IVA soportado y deducible en tus compras y gastos.
Datos censales: tu NIF, actividad económica y el régimen aplicable.
Datos bancarios: para la domiciliación del pago o para generar el NRC.
Paso 1 — Reúne tus facturas del trimestre
- Suma el IVA devengado: el IVA que has repercutido en tus facturas de venta o prestación de servicios.
- Suma el IVA deducible: el IVA soportado en tus facturas de compra, gastos e inversiones (sujeto a los límites de deducibilidad).
- Organiza las facturas por base y cuota para trasladar los importes con exactitud al modelo.
Paso 2 — Accede al modelo 303 en la sede de la AEAT
- Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con tu certificado digital, DNI electrónico o credenciales de Cl@ve.
- Selecciona el modelo 303 correspondiente al trimestre (1T a 4T) y al año.
- Si no dispones de certificado, usa Cl@ve PIN o permanente (autónomos y empresas).
Presentación con Cl@ve
Desde la sede puedes presentar el modelo 303 con Cl@ve sin necesidad de certificado. Aun así, el certificado digital agiliza la obtención de datos y de borradores si tienes programas de facturación conectados a la AEAT.
Paso 3 — Rellena los datos del modelo
- Cumplimenta el régimen de IVA aplicable (general, simplificado, criterio de caja, etc.).
- Introduce el IVA devengado (casillas del devengo por operaciones interiores, adquisiciones intracomunitarias e importaciones).
- Introduce el IVA deducible (casillas por cuotas soportadas en operaciones interiores, importaciones e intracomunitarias).
- Comprueba los totales: el modelo calcula la cuota a ingresar, a compensar o a devolver.
Atención
No inventes los datos: la AEAT contrasta tus declaraciones con las facturas emitidas y recibidas, los bancos y los proveedores. Un error puede provocar un requerimiento o una sanción.
Paso 4 — Liquida el resultado
- Si la cuota es a ingresar: paga por domiciliación bancaria, tarjeta o código QR. La AEAT te facilita el NRC (número de referencia completo) que debes anotar como justificante.
- Si la cuota es a compensar: indícalo en el modelo y podrás compensarla en trimestres siguientes.
- Si la cuota es negativa en el último trimestre (o estás en REDEME), solicita la devolución si procede.
Paso 5 — Presenta la declaración
- Revisa todos los campos antes de enviar.
- Presenta la autoliquidación y guarda el justificante (incluido el NRC si hay pago).
- Anota la fecha de presentación y los importes para el resumen anual (modelo 390).
Plazos de presentación en 2026
Calendario del modelo 303 en 2026
1er trimestre (enero-marzo)
Presentación del 1 al 20 de abril de 2026.
2º trimestre (abril-junio)
Presentación del 1 al 20 de julio de 2026.
3er trimestre (julio-septiembre)
Presentación del 1 al 20 de octubre de 2026.
4º trimestre (octubre-diciembre)
Presentación del 1 al 30 de enero de 2027.
Festivos
Si el día 20 de un mes de presentación es festivo en la comunidad autónoma, el plazo se traslada al siguiente día hábil. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar cada año.
Coste
Coste total
0 €
Presentar el modelo 303 es gratuito. Lo que pagas es la propia cuota del IVA (la diferencia entre devengado y deducible). Si el resultado es a compensar o a devolver, no realizas ningún pago. Si presentas fuera de plazo, se aplican recargos e intereses.
Consejos útiles
- Lleva tus facturas al día para cumplimentar el modelo con rapidez y exactitud.
- Guarda el NRC y el justificante de presentación de cada trimestre durante al menos 4 años.
- Revisa la casilla de compensación si arrastras IVA de periodos anteriores.
- Presenta antes del último día del plazo: el sistema puede dar error en las horas finales.
- Usa el borrador con datos que ofrece la AEAT si tus facturas están digitalizadas en los programas conectados.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el modelo 303
Normativa aplicable
Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido
28 de diciembre de 1992
Consultar texto oficialRegula el hecho imponible del IVA, las bases, los tipos y los regímenes de liquidación.
Enlaces oficiales
Acceso directo al modelo 303 y su documentación.
Abrir enlace oficial
Plazos oficiales de presentación de todos los modelos tributarios.
Abrir enlace oficial
Trámites relacionados
Trámites relacionados
Control de calidad
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA para autónomos y empresas.
Plazos 2026: 1-20 de abril, julio y octubre, y 1-30 de enero para el 4T.
La cuota se calcula restando el IVA deducible del IVA devengado.
Se presenta online con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
El resultado puede ser a ingresar, a compensar o a devolver.
Historial de cambios
02/08/2026
Publicación inicial de la guía sobre el modelo 303 del IVA.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que presentar el modelo 303?
¿Cuáles son los plazos del modelo 303 en 2026?
¿Qué es el IVA devengado y el IVA deducible?
¿Qué pasa si el modelo 303 sale a compensar?
¿Puedo presentar el modelo 303 sin certificado digital?
¿Qué es el régimen simplificado del IVA?
¿Qué sanciones hay por presentar fuera de plazo?
¿Qué hago si me he equivocado en el modelo 303?
¿El modelo 303 es obligatorio para todos los autónomos?
¿Qué diferencia hay entre el modelo 303 y el 390?
¿Puedo compensar el IVA a mi favor con otros impuestos?
¿Qué es el régimen de devolución mensual (REDEME)?
¿Cuánto tengo que pagar si el IVA es a ingresar?
¿Qué ocurre si presento el 303 con el resultado a cero?
¿Te ha servido esta guía?
Enlaces oficiales
También te puede interesar
Certificado de residencia fiscal — Cómo obtenerlo 2026
Solicita tu certificado de residencia fiscal en España: qué es, para qué sirve, cómo pedirlo en la AEAT por Cl@ve o certificado digital, requisitos, coste y plazos en 2026.
Cómo pedir cita previa en Hacienda — Guía paso a paso
Pide cita previa en la Agencia Tributaria para la Renta, consultas o trámites fiscales. Online, por teléfono o en oficina. Plazos y horarios.
Cómo consultar el borrador de la renta — Guía paso a paso
Aprende a consultar tu borrador de la renta online con Renta Web. Accede con Cl@ve, certificado digital o número de referencia. Revisa tus datos fiscales y confirma o modifica tu declaración antes de presentarla.
Cómo presentar la declaración de la renta — Guía paso a paso
Aprende a presentar tu declaración de la renta (IRPF) online con la Agencia Tributaria. Requisitos, plazos, documentación y cómo hacerla paso a paso con Renta Web.
Trámites más consultados
Cómo darse de alta como autónomo — Guía paso a paso
Date de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social. Pasos, costes 2026, bonificaciones y todo lo que necesitas saber para empezar.
justiciaCómo solicitar el certificado de antecedentes penales — Guía paso a paso
Solicita tu certificado de antecedentes penales online con Cl@ve o certificado digital. También presencial. Requisitos, precio y plazos.
extranjeriaCómo solicitar la autorización de residencia por arraigo social — Guía paso a paso
Solicita la autorización de residencia por arraigo social en España. Requisitos, documentación, informes de inserción social y cómo presentarla paso a paso.
trabajoBaja laboral (incapacidad temporal) — Cómo gestionarla paso a paso
Guía completa sobre la baja laboral o incapacidad temporal: qué se cobra, quién paga (empresa o INSS), cómo solicitar el parte médico, requisitos y plazos en 2026.